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Divisas

Reglamentan venta de divisas por parte de exportadores


En la Gaceta Oficial N° 40.956, publicada el 1 de agosto, se reglamenta la venta de divisas de las empresas exportadoras al Banco Central de Venezuela (BCV) y se anuncia la creación de un nuevo registro que sustituye al Rusad.


Las empresas que tengan fines exportadores podrán inscribirse en el Registro Único de Exportadores (RUE), nuevo sistema que sustituye al Rusad. “Este paso es importante porque existía un vacío para aquellos exportadores que no estaban inscritos en el Rusad”, explicó el presidente de la Asociación Venezolana de Exportadores (Avex), Ramón Goyo.



Además, las compañías exportadoras deberán informar cada operación a través del Centro Nacional Comercio Exterior (Cencoex). La providencia destaca que las personas naturales y jurídicas deberán conservar por 10 años toda documentación en físico, electrónico y digital, vinculada a las operaciones aduaneras y comerciales, así como los documentos relacionados a la venta de divisas al ente emisor.


En cuanto a los operadores cambiarios, los primeros cinco días de cada mes deberán remitir al Cencoex toda la información detallada de las operaciones con fines de exportación, estipula la providencia en cuestión.

De las divisas obtenidas por concepto de exportaciones, el 40% serán vendidas al BCV. “En este caso deseamos que se flexibilice esta disposición”, subrayó Goyo. Avex propone el uso de las divisas por parte de los exportadores por concepto de pago de deuda externa cuando se origine por la compra de maquinarias y equipos provenientes del exterior. “Deseamos que las empresas del sector al momento de adquirir insumos, maquinarias y equipos importados, se le descuente el compromiso que tiene con el BCV de venderle 40% ”, precisó el presidente de la asociación.

El artículo 19 de la providencia dice que el exportador tendrá la obligación de efectuar la venta de divisas al BCV a través de los operadores cambiarios, dentro de un plazo no mayor de cinco días hábiles, después de percibir el ingreso. Sobre los documentos que demuestran la venta de divisas, la empresa debe remitir al BCV la planilla correspondiente a la venta de divisas, la factura comercial en moneda extranjera, el contrato donde conste la exportación, la obligación y las condiciones de pago, así como una carta de instrucción dirigida al operador cambiario.

Declaración

A juicio de Goyo, la Ley Orgánica de Ilícitos Cambiarios necesita especificar el tiempo de aquellas operaciones que no son declaradas ante el ente emisor. “Aquellas operaciones de $10.000 mil o menos, no serán declaradas al BCV. Nosotros proponemos que toda exportación que no sobrepase los $10.000 mil mensuales, no sean declaradas”, comentó el líder de Avex. 

Agregó que la proposición beneficiará a pequeñas y medianas empresas que exportan entre 15 al 20% de su producción total. “Ellos necesitan dólares para sobrevivir”, comentó el dirigente gremial. 

CAF y Bancoex

El Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) abrió una línea de crédito de $100 millones con Bancoex para la compra y adquisición de materias primas a los exportadores. “Es importante la capitalización de Bancoex para el bienestar y la necesidad de los exportadores venezolanos”, aseguró Goyo. Para la asociación gremial, el sector exportador necesita de $500 millones para importar insumos, materias primas y maquinarias. “Es importante para nosotros tener una relación confiable con Bancoex para la adquisición de materias primas e insumos, porque es el nudo crítico de las empresas”.


Fuente: El mundo Economía y Negocios


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