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Convenios

La OMI incita a los Estados a que ratifiquen el régimen de indemnización para las cargas nocivas y potencialmente peligrosas

El Convenio SNP: por qué es necesario
Numerosos procesos de fabricación se basan en sustancias químicas y otros productos y las reglas de la OMI garantizan la seguridad de su transporte.
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No obstante, a veces ocurren sucesos y el Convenio SNP es la última pieza del puzzle necesaria para garantizar que las personas que han sufrido perjuicios tengan acceso a un régimen de responsabilidad e indemnización completo e internacional.  
Las SNP incluidas en el Convenio se definen mediante referencias a diversos convenios y códigos de la OMI. Estas sustancias incluyen hidrocarburos, otras sustancias líquidas definidas como nocivas o peligrosas, gases licuados, sustancias líquidas con un punto de inflamación inferior a 60 Cº, materiales y sustancias peligrosas, potencialmente peligrosas y perjudiciales transportados en bultos o en contenedores y materiales sólidos a granel definidos como capaces de presentar riesgos de carácter químico.
El Convenio SNP establece que el contaminador paga, garantizando que el sector marítimo y las industrias de SNP indemnicen a quienes sufran pérdidas o daños resultantes de un suceso SNP.
Los sectores del transporte marítimo, hidrocarburos, gas, sustancias químicas, petroquímicas y otras SNP se comprometen a pagar tal compensación mediante un sistema internacional y el Convenio SNP facilita justamente el marco para dicho sistema. El Convenio SNP beneficia a todos los Estados Partes (productores, destinatarios y Estados ribereños) mediante un sistema de responsabilidad estricta y unos criterios de indemnización claros.
El Convenio SNP actual fue adoptado en 2010, enmendando un instrumento precio que había sido adoptado en 1196. No obstante, el Convenio SNP de 2010 todavía no ha entrado en vigor, ya que los Estados deben ratificarlo antes de que esto pueda suceder.
Junto con los Fondos internacionales de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos (FIDAC) y la Federación Internacional Anticontaminación de Armadores de Buques Tanque (ITOPF), la Organización Marítima Internacional (OMI) produjo un folleto de seis páginas que explica las ventajas del Convenio y anima a los Estados Miembros a hacer las gestiones necesarias para implementar y adherirse al Convenio.​
El fol​leto​ está disponible en español, francés e inglés.​​ 

Fuente: Web OMI Organización Marítima Mundial 

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