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COMUNICADO A LOS CLIENTES

Estimado cliente.

Con motivo de la promulgación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Aduanas, se hace imperativo notificar que la prestación de nuestros servicios como Agente de Aduanas, estará condicionada al cumplimiento de los siguients requisitos:

1. Consignación de todos los documentos que amparen sus importaciones y exportaciones, con siete (7) días hábiles antelación a la llegada o salida de su mercancía, respectivamente;
2. La factura consignada deberá estar en idioma español o traducida, y deberá claramente identificar la mercancía importada o exportada, aportando a nuestro personal técnico, todas las herramientas necesarias para su correcta clasificación y valoración.

Es importante hacer mención que la empresa no se hará responsable de las consecuencias al importador/exportador por el inclumplimiento de las condiciones indicadas previamente, de conformidad con las disposiciones establecidas en los Artículos 177 y 162 numeral 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Aduanas.

Agradecemos tomar las previsiones necesarias a efectos de evitar contratiempos futuros.

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